Traslado a otro cementerio
Según Art. 18ª inciso B de la Ordenanza 1654/84(modificada por la Ordenanza 5804/22): “La exhumación para traslado de restos a otro cementerio se autoriza a pedido del Responsable, quien debe presentar Declaración Jurada entre Escribano Publico donde se responsabiliza del destino de los restos eximiendo de responsabilidades al Municipio, debiendo adjuntar nota del Cementerio de destino donde se autoriza el ingreso de los restos e informando la empresa fúnebre que realizara el mismo y se publicara en edictos por 5 (cinco) días hábiles antes del traslado”.
Deberá presentarse para realizar el trámite de manera presencial en la Oficina de Cementerio ubicada en el 1er. piso de la Municipalidad de Ayacucho, Alem 1078.
Aquellos responsables que presenten CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD (actualizado por la autoridad de aplicación correspondiente) se le realizaran un descuento de un 30% sobre los siguientes valores. |
Este trámite podrá abonarse en un plan de pagos de hasta 6 cuotas. |
Valores vigentes hasta el 31/10/2024.
Requisitos
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
- Nota solicitud autorización traslado a otro cementerio realizada por el responsable de los restos, la cual deberá ser presentada en Mesa de Entrada del Municipio.
- Declaración jurada ante Escribano Publico
- Nota del cementerio donde se destinaran los restos autorizando el ingreso
- Casa fúnebre la cual realiza el traslado (en caso que corresponda)
- Copia Documento Nacional de Identidad